Inclusión Laboral
La tasa de paro de las personas con discapacidad en la actualidad es del 28,6 por ciento
16/07/2018
En España se registran 89.400 jóvenes con discapacidad de 16 a 24 años en edad de trabajar, lo que representa el 4,9% de la población activa en nuestro país. Su tasa de paro en la actualidad es del 28,6%, 9,1 puntos más que la de la población sin discapacidad. En la actualidad, en España, hay 1.840.700 personas con discapacidad, con edades comprendidas entre los 16 y los 64 años, lo que representa un 5,9% de la población, según datos de Odismet, Observatorio sobre Discapacidad y Mercado de Trabajo de la Fundación ONCE.
Este colectivo está caracterizado por una baja participación en el mercado de trabajo y por las discriminaciones que sufren en el acceso al empleo y en los propios centros y puestos de trabajo, por falta de adaptación de los mismos y accesibilidad del entorno laboral. Por ello, el
CERMI ha propuesto una serie de medidas para su consideración en el plan contra la explotación laboral del
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Este plan va más allá de velar porque se cumpla la obligación que tienen las empresas de 50 o más trabajadores de contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, que en todo caso debe figurar con preeminencia.Entre las propuestas, destaca el vigilar que en las empresas se cumpla la obligación de adoptar las medidas adecuadas para la adaptación del puesto de trabajo y accesibilidad del entorno laboral, en función de las necesidades de cada situación.
Además, se tendrá que aplicar el enfoque de género y discapacidad en todas las actuaciones de género o relacionadas con este que despliegue la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dada la mayor vulnerabilidad de las trabajadores con discapacidad, que deben gozar de un grado de protección y de vigilancia del cumplimiento de sus derechos más reforzados.
Además, se debe comunicar a las autoridades contratantes de las Administraciones Públicas, por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, todas las situaciones comprobadas de incumplimiento de la reserva legal de empleo a favor de personas con discapacidad, para que no puedan las empresas inobservantes participar en las licitaciones públicas de contratos de productos, bienes y servicios, tal como establece la ley de Contratos del Sector Público, que dispone este requisito como ineludible para ser admitidas en procesos de licitación pública.
(Información publicada por Efe)